Resolución N.° 001368-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de abril de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00859-2023-JUS/TTAIP de fecha 27 de marzo de 2023, interpuesto por JOSE LUIS GRANDE CALLE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ZARUMILLA, de fecha 06 de marzo de 2023, con registro N° 2132.
Con fecha 06 de marzo de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información:
“1. Estado del escrito ingresado con Reg. N° 0866.
2. Estado del escrito ingresado con Reg. N° 1447.
3. Motivo por los cuales no se les han dado el trámite correspondiente.
4. Si la Abog, Julissa Araceli López Salazar, sigue como secretaria de SECRETARÍA TÉCNICA DEL PAD de la MPZ, de no ser el caso, Resolución de Cese (memo o documento análogo)
5. Nombre de la nueva secretaria (o) de dicha área”. (sic)
Con fecha 27 de marzo de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001147-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Con fecha 06 de marzo de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información:
“1. Estado del escrito ingresado con Reg. N° 0866.
2. Estado del escrito ingresado con Reg. N° 1447.
3. Motivo por los cuales no se les han dado el trámite correspondiente.
4. Si la Abog, Julissa Araceli López Salazar, sigue como secretaria de SECRETARÍA TÉCNICA DEL PAD de la MPZ, de no ser el caso, Resolución de Cese (memo o documento análogo)
5. Nombre de la nueva secretaria (o) de dicha área”. (sic)
Con fecha 27 de marzo de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001147-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala