Resolución N.° 001006-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
26 de abril de 2023
VISTO, el Expediente de Apelación Nº 00685-2023-JUS/TTAIP de fecha 6 de marzo de 2023, interpuesto por ALBERTO BLAS RIVERA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA con fecha 13 de febrero de 2023.
Con fecha 13 de febrero de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que le entregue por correo electrónico información en los siguientes términos:
“1. Informes Legales y técnicos que dieran merito [sic] a la creación del Cuerpo de Vigilancia Metropolitano (CVM).
2. Resolución que formaliza la creación del Cuerpo de Vigilancia Metropolitano.”
Con fecha 6 de marzo de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, requiriendo que se otorgue la información requerida y que se sancione a los funcionarios de la entidad por no otorgarla.
Mediante Resolución 000838-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley. !
Con fecha 13 de febrero de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que le entregue por correo electrónico información en los siguientes términos:
“1. Informes Legales y técnicos que dieran merito [sic] a la creación del Cuerpo de Vigilancia Metropolitano (CVM).
2. Resolución que formaliza la creación del Cuerpo de Vigilancia Metropolitano.”
Con fecha 6 de marzo de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, requiriendo que se otorgue la información requerida y que se sancione a los funcionarios de la entidad por no otorgarla.
Mediante Resolución 000838-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley. !
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala