Resolución N.° 001369-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de abril de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00877-2023-JUS/TTAIP de fecha 28 de marzo de 2023, interpuesto por JASSIN GALLO PAIVA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES de fecha 06 de marzo de 2023 y registrado con expediente N° S.T.D 113315.
Con fecha 06 de marzo de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico la siguiente información:
“SOLICITO POR TRANSPARENCIA TODAS LAS ORDENES DE SERVICIO, HOJAS DE VIDA Y ENTREGABLES DE TODO EL PERSONAL QUE ESTA LABORANDO ACTUALMENTE DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ASÍ MISMO EL LEGAJO PERSONAL DE LOS TRABAJADORES CAS, NOMBRADOS, DESEO SABER LA CANTIDAD TOTAL DE TRABAJADORES, SI ESTÁN CAPACITADOS YA QUE DAN UN PÉSIMO SERVICIO” (sic)
Con fecha 28 de marzo de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001148-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 06 de marzo de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico la siguiente información:
“SOLICITO POR TRANSPARENCIA TODAS LAS ORDENES DE SERVICIO, HOJAS DE VIDA Y ENTREGABLES DE TODO EL PERSONAL QUE ESTA LABORANDO ACTUALMENTE DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ASÍ MISMO EL LEGAJO PERSONAL DE LOS TRABAJADORES CAS, NOMBRADOS, DESEO SABER LA CANTIDAD TOTAL DE TRABAJADORES, SI ESTÁN CAPACITADOS YA QUE DAN UN PÉSIMO SERVICIO” (sic)
Con fecha 28 de marzo de 2023, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001148-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala