Resolución N.° 002700-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
1 de agosto de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02124-2023-JUS/TTAIP de fecha 23 de junio de 2023, interpuesto por EDWING ROJER SANTIAGO BASALDUA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el DEPARTAMENTO DE UNIDADES ESPECIALES CHINCHA - POLICIA NACIONAL DEL PERU de fecha 01 de junio de 2023.
Con fecha 01 de junio de 2023 en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó se le remita la siguiente información:
“(…), solicito a su entidad que me pueda proporcionar copia de la documentación que acredite la capacitación CANTRA, correspondiente al año 2022 del efectivo policial CELIS CASTELLANO HENDGISON V., con CIP. N° 32100489, por lo que necesito tener conocimiento de si el efectivo policial contaba con el Curso de Actualización en Normas de Tránsito (CANTRA) (…) ” (sic)
El 23 de junio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 002478-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió el recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Con fecha 01 de junio de 2023 en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó se le remita la siguiente información:
“(…), solicito a su entidad que me pueda proporcionar copia de la documentación que acredite la capacitación CANTRA, correspondiente al año 2022 del efectivo policial CELIS CASTELLANO HENDGISON V., con CIP. N° 32100489, por lo que necesito tener conocimiento de si el efectivo policial contaba con el Curso de Actualización en Normas de Tránsito (CANTRA) (…) ” (sic)
El 23 de junio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 002478-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió el recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala