Resolución N.° 001229-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
17 de abril de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00840-2023-JUS/TTAIP de fecha 20 de marzo de 2023, interpuesto por KATHERINE DIANA PALLARCO ASTO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante FONDO MIVIVIENDA S.A. con fecha 24 de febrero de 2023 con Registro 25-2023.
Con fecha 24 de febrero de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente:
“(1) Contratos de arrendamiento de vivienda, celebrados al amparo del Decreto Legislativo 1177, que se han inscrito en el Registro Administrativo de Arrendamiento de Vivienda (RAV) en los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, 2020 y 2021, 2022 y 2023 (hasta la fecha).
(2) Contratos de arrendamiento de vivienda se han inscrito hasta la fecha en el Registro Administrativo de Arrendamiento de Vivienda (RAV) acogiéndose a la Ley 30933, de desalojo con intervención notarial, en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 (hasta la fecha).”
Con fecha 20 de marzo de 2022, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001049-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 30 de marzo de 2023, notificada a la entidad en fecha 10 de abril de 2023, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución
Con fecha 24 de febrero de 2023, la recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente:
“(1) Contratos de arrendamiento de vivienda, celebrados al amparo del Decreto Legislativo 1177, que se han inscrito en el Registro Administrativo de Arrendamiento de Vivienda (RAV) en los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, 2020 y 2021, 2022 y 2023 (hasta la fecha).
(2) Contratos de arrendamiento de vivienda se han inscrito hasta la fecha en el Registro Administrativo de Arrendamiento de Vivienda (RAV) acogiéndose a la Ley 30933, de desalojo con intervención notarial, en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 (hasta la fecha).”
Con fecha 20 de marzo de 2022, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001049-2023/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 30 de marzo de 2023, notificada a la entidad en fecha 10 de abril de 2023, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala