Resolución N.° 002273-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

3 de julio de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 01896-2023-JUS/TTAIP de fecha 9 de junio de 2023, interpuesto por JOHE S.A. contra el MEMORÁNDUM Nº 3213 - 2023-MTC/20.9 de fecha 5 de junio del 2023, por el cual el PROGRAMA ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 25 de mayo de 2023 con Registro 0000018201.
Con fecha 25 de mayo de 2023 el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente: “•Solicito copias de Dirección de Obra de: 1.Informe 36-2023-MTC/20.9- MLGF 2.Informe 37-2023-MTC/20.9-MLGF.”
Mediante el MEMORÁNDUM Nº 3213 - 2023-MTC/20.9 de fecha 5 de junio del 2023 la entidad indicó al recurrente lo siguiente:
“Al respecto, con base en los numerales 3 y 4, Artículo 17, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por DECRETO SUPREMO Nº 021-2019-JUS, se precisa que el pedido de acceso a la información deviene en IMPROCEDENTE al tratarse de documentación confidencial dentro de los actuados en procesos arbitrales derivados de Contratos de Ejecución de Obra suscritos por Provias Nacional.”
Con fecha 9 de junio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación alegando que no existe ningún procedimiento administrativo sancionador en trámite y que la entidad no acreditó que lo solicitado haya sido elaborado por asesores jurídicos, por lo que las referidas excepciones no están debidamente motivadas.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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