Resolución N.° 001234-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

18 de mayo de 2023

VISTO: El Expediente de Apelación N° 01066-2023-JUS/TTAIP de fecha 5 de abril de 2023, interpuesto por SHANNA LASKMI TACO LOAIZA contra el Oficio N° 002874-2023-MPFN-PJFS y documentos anexos, notificados por correo electrónico de fecha 21 de marzo de 2023, mediante los cual el MINISTERIO PÚBLICO - FISCALIA DE LA NACION habría denegado y entregado parcialmente, según alega la recurrente, la información solicitada con fecha 6 de marzo de 2023.
Con fecha 06 de marzo de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“A) Relación de la flota de vehículos destinados al traslado de los fiscales supremos precisando modelo del vehículo, año y precio de compra y/o alquiler. Se solicita adjuntar copia digital de los contratos de compra y/o alquiler de los vehículos, según sea el caso.
B) Relación de fiscales supremos que accedieron al abastecimiento de combustible para vehículos asignados por la institución o vehículos personales, desde el 01 de enero del 2022 hasta la fecha.
C) Relación de fiscales supremos a quienes se le ha asignado seguridad personal, precisando número de efectivos de seguridad por persona.
D) Copia digital de los requerimientos de los fiscales supremos en los que se solicite remodelaciones para sus respectivos despachos y/u oficinas, en el que se precise la descripción del requerimiento. Asimismo, se solicita informar el presupuesto económico asignado para atender el requerimiento, así como el estado del requerimiento.
E) Copia digital de los informes de los viajes al exterior presentados por los fiscales supremos desde enero del 2022 hasta la fecha.Cabe precisar que según el artículo 10 del reglamento de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, todos los servidores y funcionarios están obligados a presentar un informe dentro de los 15 días calendarios. Asimismo, se pide adjuntar los documentos de sustentación de viáticos usados (artículo 6 del reglamento)”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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Resolución N° 001234-2023-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

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