Resolución Viceministerial N.° 002-2020-JUS

4 de marzo de 2020

Que, el artículo 2 de la Ley N° 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública, señala que dicho servicio tiene la finalidad de garantizar el derecho de defensa y el acceso a la justicia, proporcionando asistencia técnico legal gratuita y/o patrocinio en las materias expresamente establecidas en el Reglamento.

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