Resolución N.° 001056-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de mayo de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00776-2023-JUS/TTAIP de fecha 14 de marzo de 2023, interpuesto por JULIO CESAR PIMENTEL CARRIÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el HOSPITAL DE EMERGENCIAS “JOSÉ CASIMIRO ULLOA” con fecha 17 de febrero de 2023.
Con fecha 17 de febrero de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad información en los siguientes términos:
“(…)
A) copia de los curriculum vitae documentado de los siguientes proveedores:
1. ROJAS INGA ANGELICA, orden de servicio n° 977
2. ZELAYA YACTAYO LIZBETH DENISSE, orden de servicio n° 978
3. HENRIQUEZ ALVARADO FRANCISCO, orden de servicio n° 991
4. VEGA HUANCA ELIZABETH DIANA, orden de servicio n° 958
5. PABLO SALAS ÑIQUE, orden de servicio n° 869
6. KATHERINE GOMEZ CRUZ, orden de servicio n° 990
B) copia de los curriculum vitae documentado, TDR, orden de servicio, entregables de los siguientes proveedores:
1. DANTE ALAN LOPEZ ROSALES
2. WILLAM HORNA VILLAVICENCIO
C) documentos varios:
1. Informe Técnico n° 019-2022-OP-HEJCU emitido por la Oficina de Personal del HEJCU, así como el Plan de Trabajo de la citada oficina.
2. Memorando n° 1561-2022-OP-HEJCU emitido por la Oficina de Personal del HEJCU donde se realizaron observaciones a los planes de la Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. Memorando n° 1554-2022-OP-HEJCU emitido por la Oficina de Personal del HEJCU donde se realizaron observaciones al procedimiento de vinculación de Personal elaborado por Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo.” [SIC]
Con fecha 14 de marzo de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, en aplicación del silencio administrativo negativo, considerando denegada la información indicando que esta no le fue otorgada, y que la entidad le requirió subsanar la firma consignada en su solicitud, lo cual cumplió con fecha 22 de febrero de 2023.
Con fecha 17 de febrero de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad información en los siguientes términos:
“(…)
A) copia de los curriculum vitae documentado de los siguientes proveedores:
1. ROJAS INGA ANGELICA, orden de servicio n° 977
2. ZELAYA YACTAYO LIZBETH DENISSE, orden de servicio n° 978
3. HENRIQUEZ ALVARADO FRANCISCO, orden de servicio n° 991
4. VEGA HUANCA ELIZABETH DIANA, orden de servicio n° 958
5. PABLO SALAS ÑIQUE, orden de servicio n° 869
6. KATHERINE GOMEZ CRUZ, orden de servicio n° 990
B) copia de los curriculum vitae documentado, TDR, orden de servicio, entregables de los siguientes proveedores:
1. DANTE ALAN LOPEZ ROSALES
2. WILLAM HORNA VILLAVICENCIO
C) documentos varios:
1. Informe Técnico n° 019-2022-OP-HEJCU emitido por la Oficina de Personal del HEJCU, así como el Plan de Trabajo de la citada oficina.
2. Memorando n° 1561-2022-OP-HEJCU emitido por la Oficina de Personal del HEJCU donde se realizaron observaciones a los planes de la Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3. Memorando n° 1554-2022-OP-HEJCU emitido por la Oficina de Personal del HEJCU donde se realizaron observaciones al procedimiento de vinculación de Personal elaborado por Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo.” [SIC]
Con fecha 14 de marzo de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, en aplicación del silencio administrativo negativo, considerando denegada la información indicando que esta no le fue otorgada, y que la entidad le requirió subsanar la firma consignada en su solicitud, lo cual cumplió con fecha 22 de febrero de 2023.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala