Resolución N.° 000523-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
17 de febrero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00189-2023-JUS/TTAIP de fecha 22 de enero de 2023, interpuesto por GUILLERMO ANTONIO SACO SUAREZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA, con fecha 14 de diciembre de 2022, registrada con Expediente 81023.
Con fecha 14 de diciembre de 2022, el recurrente requirió a la entidad copia simple de la siguiente información: “SI EL EX TRABAJADOR FRANCISCO ESTRADA SILVA COBRO SU SUELDO COMPLETO EL MES DE NOVIEMBRE, O CUANTO COBRE ESE MES DE NOVIEMBRE DEL 2,022.” [sic]
Con fecha 22 de enero de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó su recurso de apelación ante la entidad, materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000398-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 14 de diciembre de 2022, el recurrente requirió a la entidad copia simple de la siguiente información: “SI EL EX TRABAJADOR FRANCISCO ESTRADA SILVA COBRO SU SUELDO COMPLETO EL MES DE NOVIEMBRE, O CUANTO COBRE ESE MES DE NOVIEMBRE DEL 2,022.” [sic]
Con fecha 22 de enero de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó su recurso de apelación ante la entidad, materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000398-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala