Resolución N.° 000537-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
17 de febrero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00207-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de enero de 2023, interpuesto por SHANNA LASKMI TACO LOAIZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el DESPACHO PRESIDENCIAL, con fecha 4 de enero de 2023.
Con fecha 4 de enero de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
a) Copia digital de los registros de video vigilancia de todas las puertas de la sede del Despacho Presidencial desde el 01 de diciembre hasta la fecha. Cabe precisar que el pedido se realiza tomando en cuenta las restricciones de privacidad establecidas en la Ley de Transparencia, no obstante la misma ley precisa también la posibilidad de entregar la información requerida cubriendo las secciones que contengan datos confidenciales.” [sic]
Con fecha 24 de enero de 2023, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000381-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 3 de febrero de 20231 , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 4 de enero de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
a) Copia digital de los registros de video vigilancia de todas las puertas de la sede del Despacho Presidencial desde el 01 de diciembre hasta la fecha. Cabe precisar que el pedido se realiza tomando en cuenta las restricciones de privacidad establecidas en la Ley de Transparencia, no obstante la misma ley precisa también la posibilidad de entregar la información requerida cubriendo las secciones que contengan datos confidenciales.” [sic]
Con fecha 24 de enero de 2023, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000381-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 3 de febrero de 20231 , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala