Resolución N.° 000967-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

21 de abril de 2023

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00939-2023-JUS/TTAIP de fecha 27 de marzo de 2023, interpuesto por DELIZ ARMANDO VENTURA LLONTOP contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAYANCA con fecha 6 de febrero de 2023 con la CARTA N° 006-2023/DAVLL.
Con fecha 6 de febrero de 2023, a través de la Carta N° 006-2023/DAVLL, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que le entregue por correo electrónico la siguiente información:
“1) DEL ASESOR LEGAL EXTERNO: Requerimiento del área usuaria, contrato laboral, Curriculum vitae documentado (CV), Resolución de designación, Informe de labores realizadas durante el mes de enero del 2023 (del 01 al 31 de enero del 2023), registro de asistencia al centro laboral y boleta de pago.
2) DE LA SECRETARIA TÉCNICA: Acta de sesión de consejo donde se evidencie su designación, contrato laboral, Curriculum vitae documentado (CV), Resolución de designación, Informe de labores realizadas durante el mes de enero del 2023 (del 01 al 31 de enero del 2023), registro de asistencia al centro laboral y boleta de pago.
3) DE LOS DEMÁS FUNCIONARIOS, SERVIDORES PÚBLICOS Y EMPLEADOS: Requerimiento del área usuaria, contrato laboral, Curriculum vitae documentado (CV), Resolución de designación, Informe de labores realizadas durante el mes de enero del 2023 (del 01 al 31 de enero del 2023), registro de asistencia al centro laboral y boleta de pago.
4) Actas de sesión de consejo ordinarias y extra ordinarias, llevadas a cabo en el mes de enero del 2023.
5) DE LAS NORMAS MUNICIPALES: Ordenanzas, decretos de alcaldía, resoluciones de alcaldía, resoluciones de gerencia municipal y cualquier otra resolución administrativa de orden jerárquico emitida durante el periodo del 01 al 31 de enero del 2023.” [SIC]
Con fecha 27 de marzo de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000808-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos. Es de precisar que a la fecha de emisión de la presente resolución el plazo otorgado a la entidad para la presentación de sus descargos, incluyendo el término de la distancia de ley, se encuentra ya vencido; pese a lo cual la entidad no ha cumplido con la presentación de los mismos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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