Resolución N.° 000799-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
4 de abril de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00734-2023-JUS/TTAIP de fecha 10 de marzo de 2023, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN, contra el Oficio Nº 035-2023-CLN/SG de fecha 6 de marzo de 2023 mediante el cual, según alega el recurrente, el COLEGIO DE NOTARIOS DE LIMA habría denegado su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 21 de febrero de 2023.
Con fecha 21 de febrero de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)
a) Actas de visita notarial realizadas al Notario Carlos Enrique Becerra Palomino en el período 2010-2022.
b) Número de Escrituras públicas otorgadas al Notario Carlos Enrique Becerra Palomino en el período 2010-2022
c) Número de Escrituras públicas otorgadas al Notario Alfredo Paino Scarpati en el período 2010-2022
d) Número de procedimientos no contenciosos que ha realizado cada Notario de Lima en el período 2010-2022 discriminando por cada uno de los asuntos (sucesión intestada, rectificación de partida, prescripción adquisitiva, título supletorio, rectificación de área, desalojo notarial, etc.).
e) Actas de la Junta Directiva en las que se acordó, en diciembre de 2022, que “los representantes del Ministerio de Justicia habrían quedado suspendidos en el cargo porque no existía Ministro” y que “suspendían su participación en los concursos de ingreso a la función notarial”.
f) Audios que ha grabado el ex Decano Carlos Enrique Becerra Palomino, en esa condición, tal como lo ha manifestado públicamente en la sesión del 16.12.2022 del Jurado Calificador de ingreso a la función notarial en el Distrito Notarial de Lima, o, en todo caso, indicar que tales audios no existen. Los documentos
a), b), c), d) y e) deberán entregarse por correo electrónico, mientras que el documento f) deberá hacerse en CD (…)”
Con fecha 21 de febrero de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)
a) Actas de visita notarial realizadas al Notario Carlos Enrique Becerra Palomino en el período 2010-2022.
b) Número de Escrituras públicas otorgadas al Notario Carlos Enrique Becerra Palomino en el período 2010-2022
c) Número de Escrituras públicas otorgadas al Notario Alfredo Paino Scarpati en el período 2010-2022
d) Número de procedimientos no contenciosos que ha realizado cada Notario de Lima en el período 2010-2022 discriminando por cada uno de los asuntos (sucesión intestada, rectificación de partida, prescripción adquisitiva, título supletorio, rectificación de área, desalojo notarial, etc.).
e) Actas de la Junta Directiva en las que se acordó, en diciembre de 2022, que “los representantes del Ministerio de Justicia habrían quedado suspendidos en el cargo porque no existía Ministro” y que “suspendían su participación en los concursos de ingreso a la función notarial”.
f) Audios que ha grabado el ex Decano Carlos Enrique Becerra Palomino, en esa condición, tal como lo ha manifestado públicamente en la sesión del 16.12.2022 del Jurado Calificador de ingreso a la función notarial en el Distrito Notarial de Lima, o, en todo caso, indicar que tales audios no existen. Los documentos
a), b), c), d) y e) deberán entregarse por correo electrónico, mientras que el documento f) deberá hacerse en CD (…)”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala