Resolución N.° 000307-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
30 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02942-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de noviembre de 2022 e información adicional de fecha 4 de enero de 2023, interpuesto por HENRY ANTONIO LAM ABAD contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública reencauzada a la UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS, con fecha 18 de octubre de 2022, registrada con código de notificación 78286.
Con fecha 18 de octubre de 2022, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, reencauzó la solicitud del recurrente a la entidad, a través del cual requirió, se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“copia del Diploma de Doctor en Derecho de la Sra. Liz Patricia Benavides Vargas. Asimismo, solicitó la resolución N° 6510-2009-R-UAP que autorizó la emisión del precitado diploma, por otra parte, solicitó copia del Diploma de Magister en Derecho Civil y Comercial de la Sra. Liz Patricia Benavides Vargas. Asimismo, solicito la resolución N° 6187-2009R-UAO que autorizó la emisión del precitado diploma”.
Con fecha 21 de noviembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegadas sus solicitudes por silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 00144-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 18 de octubre de 2022, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, reencauzó la solicitud del recurrente a la entidad, a través del cual requirió, se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“copia del Diploma de Doctor en Derecho de la Sra. Liz Patricia Benavides Vargas. Asimismo, solicitó la resolución N° 6510-2009-R-UAP que autorizó la emisión del precitado diploma, por otra parte, solicitó copia del Diploma de Magister en Derecho Civil y Comercial de la Sra. Liz Patricia Benavides Vargas. Asimismo, solicito la resolución N° 6187-2009R-UAO que autorizó la emisión del precitado diploma”.
Con fecha 21 de noviembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegadas sus solicitudes por silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 00144-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala