Resolución N.° 000284-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
27 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00047-2022-JUS/TTAIP de fecha 6 de enero de 2023, interpuesto por KARLOS LEONARDO ROMANO CURO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, con fecha 15 de diciembre de 2022.
Con fecha 15 de diciembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) solicito por Transparencia la información correspondiente al Registro de Visitas a la Gerencia de Fiscalización y Control y sus Subgerencias para periodos del 15.10.2016 al 15.12.2022 en el marco del literal b) del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 28024 - Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública.
(…)
En ese sentido, agradeceré la atención de la presente solicitud (…) señalando los datos del visitante, el órgano o unidad orgánica visitada, motivo de la visita, horas de ingreso y salida, datos del funcionario o servidor público visitado.” [sic]
A través del escrito de fecha 4 de enero de 2023, la recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000152-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 17 de enero de 20232 , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
En atención a ello, mediante el OFICIO N° 17-2023-MML-SGC-FREI ingresado a esta instancia con fecha 23 de enero de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo requerido, e informó que mediante la Carta N° 005596-2022-MML-SGC-FREI, brindó respuesta a la administrada notificada mediante correo electrónico.
Con fecha 15 de diciembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) solicito por Transparencia la información correspondiente al Registro de Visitas a la Gerencia de Fiscalización y Control y sus Subgerencias para periodos del 15.10.2016 al 15.12.2022 en el marco del literal b) del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 28024 - Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública.
(…)
En ese sentido, agradeceré la atención de la presente solicitud (…) señalando los datos del visitante, el órgano o unidad orgánica visitada, motivo de la visita, horas de ingreso y salida, datos del funcionario o servidor público visitado.” [sic]
A través del escrito de fecha 4 de enero de 2023, la recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000152-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 17 de enero de 20232 , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
En atención a ello, mediante el OFICIO N° 17-2023-MML-SGC-FREI ingresado a esta instancia con fecha 23 de enero de 2023, la entidad remitió el expediente administrativo requerido, e informó que mediante la Carta N° 005596-2022-MML-SGC-FREI, brindó respuesta a la administrada notificada mediante correo electrónico.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala