Resolución N.° 000214-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
23 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00046-2023-JUS-TTAIP de fecha 6 de enero de 2023, interpuesto por LEANDRO CRUZ TACURI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS con fecha 8 de abril de 2022 con Registro N° 3291306.
Con fecha 8 de abril de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de copia simple de lo siguiente: “información sobre los resultados y/o caducidad del Proyecto Central Hidroeléctrica de Pucará, en Cusco - Canchis”.
Con fecha 19 de agosto de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante el Oficio N° 005-2023-MINEM/SG-OADAC recibido por esta instancia en fecha 6 de enero de 2023, la entidad informó lo siguiente:
“Por consiguiente, cumplimos con remitir al Tribunal en anexo la siguiente documentación: i) el recurso de queja presentado por el ciudadano Leandro Cruz Tacuri registrado con Expediente N° 3354214, ii) el Informe Nº 1231-2022- MINEM/OGAJ, iii) la solicitud con Expediente Nº 3291306, iv) la Carta N° 0172- 2022/MINEM-SG-OADAC que dio atención a lo solicitado por el referido ciudadano con el escrito de registro Nº 3291306, v) recibo de pago y vi) acta de notificación entregando las copias fedateadas al Sr. Cruz.”
Con fecha 8 de abril de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de copia simple de lo siguiente: “información sobre los resultados y/o caducidad del Proyecto Central Hidroeléctrica de Pucará, en Cusco - Canchis”.
Con fecha 19 de agosto de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante el Oficio N° 005-2023-MINEM/SG-OADAC recibido por esta instancia en fecha 6 de enero de 2023, la entidad informó lo siguiente:
“Por consiguiente, cumplimos con remitir al Tribunal en anexo la siguiente documentación: i) el recurso de queja presentado por el ciudadano Leandro Cruz Tacuri registrado con Expediente N° 3354214, ii) el Informe Nº 1231-2022- MINEM/OGAJ, iii) la solicitud con Expediente Nº 3291306, iv) la Carta N° 0172- 2022/MINEM-SG-OADAC que dio atención a lo solicitado por el referido ciudadano con el escrito de registro Nº 3291306, v) recibo de pago y vi) acta de notificación entregando las copias fedateadas al Sr. Cruz.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala