Resolución N.° 003204-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
6 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02888-2022-JUS/TTAIP de fecha 16 de noviembre de 2022, interpuesto por HILARIÓN PLAZA GARCIA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PODER JUDICIAL - 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO LINCE, con fecha 28 de octubre de 2022.
Con fecha 28 de octubre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“copia simple del Oficio 3571-2022 y el Informe Policial N° 144-2022 remitido por la Comisaría de Lince, que establece que (…) fue agredido físicamente, habiendo recibido puñetes y ocasionandole lesiones por Hilarión Plaza García” (sic).
Con fecha 16 de noviembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003084-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 22 de noviembre de 2022, notificada a la entidad en fecha 29 de noviembre de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 28 de octubre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“copia simple del Oficio 3571-2022 y el Informe Policial N° 144-2022 remitido por la Comisaría de Lince, que establece que (…) fue agredido físicamente, habiendo recibido puñetes y ocasionandole lesiones por Hilarión Plaza García” (sic).
Con fecha 16 de noviembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003084-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 22 de noviembre de 2022, notificada a la entidad en fecha 29 de noviembre de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala