Resolución N.° 002090-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

7 de setiembre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01281-2022-JUS/TTAIP de fecha 5 de agosto de 2022, interpuesto por VICTOR RAÚL ZAVALETA MEZA, contra los correos electrónicos de fechas 27 de julio, 3 y 4 de agosto de 2022, mediante los cuales la UNIVERSIDAD NACIONAL “JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” , atendió la solicitud de acceso a la información presentada el 26 de julio de 2022.
Con fecha 26 de julio de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente documentación:
“(…)
1) Una copia de la información documental contenida individualmente en la Reglamentación correspondiente para el otorgamiento de becas acompañada de la documentación normativa de gestión interna que aprueba y fundamenta la tramitación del procedimiento frente al otorgamiento de cualquier tipo de beca (parcial, total, integral, especial, Etc.); en caso de inexistencia pido que se indique y se haga la respectiva mención expresa ante el posible supuesto.
2) Una copia de la información documental contenida individualmente en la Relación y número de becas y créditos educativos disponibles y otorgados en el año en curso; en caso de inexistencia pido que se indique y se haga la respectiva mención expresa ante el posible supuesto”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 002090-2022-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

Resolución N° 002090-2022-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

PDF
395.5 KB