Resolución N.° 000201-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
30 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00057-2023-JUS/TTAIP de fecha 9 de enero de 2023, interpuesto por OCTAVIO ROJAS CABALLERO contra la Carta N° 1048-GCGPESSALUD-2022 recibido con fecha 15 de diciembre de 2022, mediante la cual el SEGURO SOCIAL DE SALUD ESSALUD atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 2 de diciembre de 2022, SAIP N° 40-ORC2022, registrada con numero de tramite 0179-2022-NIT-0030482
Con fecha 2 de diciembre de 2022., en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que le envíe en copia simple por correo electrónico información en los siguientes términos:
“Siendo que, la Gerencia Central de Gestión de las Personas es el órgano encargado de conducir, diseñar, proponer normas, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el ámbito institucional, según lo dispone el vigente Reglamento de Organización y Funciones de EsSalud; y, estando en el ámbito de su competencia el otorgamiento de Licencias con Goce de Haber, SOLICITO copia de:
1.Copia del Memorando Circular N° 188-GCGP-ESSALUD-2020 más ANTECEDENTES con sus ANEXOS, si los tuviera, que justifican/sustentan la decisión o precisiones regulatorias que contiene.
2.Todo documento ulterior que hubiera modificado el Memorando Circular antes mencionado, de ser el caso, sus ANEXOS que puedan formar parte integrante de lo que decide o precisa o, en su defecto, la derogatoria del referido Memorando.
Asimismo, provea los respectivos ANTECEDENTES normativos y documentados que justifican/sustentan su aprobación o derogación.
3.Todo CARGO DE RECEPCION documental que acredita la notificación y conocimiento del/los destinatario/s de la regulación contenida en el Memorando Circular mencionado en el numeral 1 antes mencionado.”
Con fecha 2 de diciembre de 2022., en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que le envíe en copia simple por correo electrónico información en los siguientes términos:
“Siendo que, la Gerencia Central de Gestión de las Personas es el órgano encargado de conducir, diseñar, proponer normas, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el ámbito institucional, según lo dispone el vigente Reglamento de Organización y Funciones de EsSalud; y, estando en el ámbito de su competencia el otorgamiento de Licencias con Goce de Haber, SOLICITO copia de:
1.Copia del Memorando Circular N° 188-GCGP-ESSALUD-2020 más ANTECEDENTES con sus ANEXOS, si los tuviera, que justifican/sustentan la decisión o precisiones regulatorias que contiene.
2.Todo documento ulterior que hubiera modificado el Memorando Circular antes mencionado, de ser el caso, sus ANEXOS que puedan formar parte integrante de lo que decide o precisa o, en su defecto, la derogatoria del referido Memorando.
Asimismo, provea los respectivos ANTECEDENTES normativos y documentados que justifican/sustentan su aprobación o derogación.
3.Todo CARGO DE RECEPCION documental que acredita la notificación y conocimiento del/los destinatario/s de la regulación contenida en el Memorando Circular mencionado en el numeral 1 antes mencionado.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala