Resolución N.° 000191-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

27 de enero de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 00048-2023-JUS/TTAIP de fecha 6 de enero de 2023, interpuesto por SHANNA LASKMI TACO LOAIZA contra la Nota Informativa N° 000731-2022-DP/SSG-REAINF de fecha 20 de diciembre de 2022, mediante la cual el DESPACHO PRESIDENCIAL atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 14 de diciembre de 2022.
Con fecha 14 de diciembre de 2022, la recurrente solicitó a la entidad que le otorgue por correo electrónico información en los siguientes términos:
“La presente es para solicitar, en ejercicio de mi derecho de acceso a la información pública, reconocido en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, y en el artículo 7 del T.U.O. de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la siguiente información:
a) Copia digital de todos los correos electrónicos (recibidos y enviados), así como sus archivos adjuntos, de Pedro José Castillo Terrones, de la/las direcciones de correos electrónicos institucionales asignados para su función como presidente de la República, desde el 01 al 07 de diciembre de 2022.
Cabe precisar que, la información solicitada tiene naturaleza pública y su conocimiento o difusión pública no genera riesgo real alguno para la seguridad nacional o el orden interno, por lo que no califica en ninguna de las causales de exclusión de información del acceso público, reguladas en los artículos 15°, 16° y 17° del TUO de la Ley N°27806. Asimismo, no colisiona con los alcances de la Ley de Protección de Datos Personales.”
A través de la Carta N° 000731-2022-DP/SSG-REAINF de fecha 20 de diciembre de 2022, la entidad atendió la solicitud señalando lo siguiente:
“Al respecto, cabe mencionar que, como es de conocimiento público el antes mencionado ex presidente se encuentra detenido, razón por la cual, no es posible hacerle llegar la información, a entregarse a su persona, remitida por la Oficina de Tecnologías de la Información del Despacho Presidencial con el documento de la referencia b), con la finalidad que pueda verificar que la misma no contenga datos 2 protegidos por las excepciones de la Ley Nº 27806 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 000191-2023-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

Resolución N° 000191-2023-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

PDF
332.2 KB