Resolución N.° 000033-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
5 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03135-2022-JUS/TTAIP de fecha 12 de diciembre de 2022, interpuesto por ALBERTH STEVE MONZÓN GONZALEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES con fecha 14 de noviembre de 2022 con Registro T-502890- 2022.
Con fecha 14 de noviembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente:
“Expedientes administrativos correspondiente a las Autorizaciones para prestar servicio de Transporte Terrestre Público Especial de Personas, en la modalidad de Transporte Turístico en el Ámbito Nacional de las empresas de transporte: Transporte Turístico Imperio del Sol E.I.R.Ltda. (con RUC N° 20231035673), E.T. Turístico Terrestre Perú Travel E.I.R.L. (con RUC N° 20447673411), y Servicios Turísticos Titkaka Travel E.I.R.L. (con RUC N° 20448802532).”
Con fecha 12 de diciembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003292-2022/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 16 de diciembre de 2022, notificada a la entidad en fecha 27 de diciembre de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 0012-2023-MTC/04.02 recibido por esta instancia en fecha 4 de enero de 2023, la entidad únicamente brindó el expediente administrativo.
Con fecha 14 de noviembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente:
“Expedientes administrativos correspondiente a las Autorizaciones para prestar servicio de Transporte Terrestre Público Especial de Personas, en la modalidad de Transporte Turístico en el Ámbito Nacional de las empresas de transporte: Transporte Turístico Imperio del Sol E.I.R.Ltda. (con RUC N° 20231035673), E.T. Turístico Terrestre Perú Travel E.I.R.L. (con RUC N° 20447673411), y Servicios Turísticos Titkaka Travel E.I.R.L. (con RUC N° 20448802532).”
Con fecha 12 de diciembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003292-2022/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 16 de diciembre de 2022, notificada a la entidad en fecha 27 de diciembre de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 0012-2023-MTC/04.02 recibido por esta instancia en fecha 4 de enero de 2023, la entidad únicamente brindó el expediente administrativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala