Resolución N.° 000820-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
14 de marzo de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 00458-2023-JUS/TTAIP de fecha 27 de enero de 2023, interpuesto por FELIX HUBER ROMERO ZEVALLOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA con fecha 28 de diciembre de 2022 con Registro 16945.
Con fecha 28 de diciembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“PRIMERO, solicitamos:
- Solicito copia de la Resolución N° 022-2018-GSC/MDSA
- Solicito copia de la OFICIO N° 298-2018-AT-SGSFC-GSC/MDSA
SEGUNDO, solicitamos:
- Copia de RESOLUCION y OFICIO que autoriza a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE MOTOTAXIS POL Y OTROS S.A.C. la utilización de un nuevo paradero en el cruce de la Av. La Ensalada con la Calle 8 (referencia paradero Bayobar)
TERCERO, solicitamos:
- Copia e indicar el número de unidades autorizadas para prestar el servicio de transporte, así como indicar su respectivo código vehicular habilitado, indicar la ZONA a la que pertenece y los nombres de los conductores de los vehículos habilitados para el transporte público (vigente hasta hoy 28 de diciembre).
CUARTO, solicitamos:
- Copia de las zonas de trabajo y paraderos autorizados de la empresa de transportes señalada anteriormente (vigente hasta hoy 28 de diciembre).
QUINTO, solicitamos:
- Copia de declaración jurada, o solicitud simple indicando lo siguiente: La razón social de la persona jurídica, RUC, domicilio, nombre y firma del representante legal que la empresa de transportes entrego a la Municipalidad -actual-. (vigente hasta hoy 28 de diciembre).
SEXTO, solicitamos:
- Copia del Informe técnico que sustente la ampliación o modificación de panaderos conforme a lo indicado en el artículo 37 de la Ordenanza Municipal N°000313/MDSA numeral 3 con el cual han dado un nuevo paradero a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE MOTOTAXIS POL Y OTROS S.A.C. en el cruce de la Av. La Ensalada con la Calle 8 (referencia paradero Bayobar).
- Copia del informe de seguridad vial de acuerdo con el artículo 38 de la Ordenanza Municipal N° 000313/MDSA.” (sic)
Con fecha 27 de enero de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 28 de diciembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“PRIMERO, solicitamos:
- Solicito copia de la Resolución N° 022-2018-GSC/MDSA
- Solicito copia de la OFICIO N° 298-2018-AT-SGSFC-GSC/MDSA
SEGUNDO, solicitamos:
- Copia de RESOLUCION y OFICIO que autoriza a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE MOTOTAXIS POL Y OTROS S.A.C. la utilización de un nuevo paradero en el cruce de la Av. La Ensalada con la Calle 8 (referencia paradero Bayobar)
TERCERO, solicitamos:
- Copia e indicar el número de unidades autorizadas para prestar el servicio de transporte, así como indicar su respectivo código vehicular habilitado, indicar la ZONA a la que pertenece y los nombres de los conductores de los vehículos habilitados para el transporte público (vigente hasta hoy 28 de diciembre).
CUARTO, solicitamos:
- Copia de las zonas de trabajo y paraderos autorizados de la empresa de transportes señalada anteriormente (vigente hasta hoy 28 de diciembre).
QUINTO, solicitamos:
- Copia de declaración jurada, o solicitud simple indicando lo siguiente: La razón social de la persona jurídica, RUC, domicilio, nombre y firma del representante legal que la empresa de transportes entrego a la Municipalidad -actual-. (vigente hasta hoy 28 de diciembre).
SEXTO, solicitamos:
- Copia del Informe técnico que sustente la ampliación o modificación de panaderos conforme a lo indicado en el artículo 37 de la Ordenanza Municipal N°000313/MDSA numeral 3 con el cual han dado un nuevo paradero a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE MOTOTAXIS POL Y OTROS S.A.C. en el cruce de la Av. La Ensalada con la Calle 8 (referencia paradero Bayobar).
- Copia del informe de seguridad vial de acuerdo con el artículo 38 de la Ordenanza Municipal N° 000313/MDSA.” (sic)
Con fecha 27 de enero de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala