Resolución N.° 000043-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
11 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03110-2022-JUS/TTAIP de fecha 6 de diciembre de 2022, interpuesto por ALDO EMERSON PELÁEZ CALDAS contra el Proveído N° 000949- 2022-SG-CSJLI-PJ de fecha 25 de noviembre de 2022, mediante el cual la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA - PODER JUDICIAL, dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 13 de setiembre de 2022.
Con fecha 13 de setiembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente documentación: “(…) escanear todos los expediente judiciales comprendidos entre los año 2020 al 2022 obrantes en el NOVENO JUZGADO DE FAMILIA CON SUB ESPECIALIDAD EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (…) – Escanear a color los expedientes judiciales en el período solicitado (2020- 2022), incluyendo la tapa y contratapa, - Todos los expedientes deberán encontrándose debidamente FOLIADOS, y deberán CONTENER EL EXPEDIENTE COMPLETO acompañado de todos sus TOMOS en casos que correspondan, así como sus anexos, videos, audios y otros que contengan; en ningún caso se deberán omitir vistos buenos o similares – REVISAR MINUCIOSAMENTE AMBAS CARAS. – FOLIAR o REFOLIAR de ser el caso, por ningún motivo bajo pretexto de la cantidad de información se dejará de dar atención a mi pedido, para ello, se deberá adjuntar o incluir enlaces a la información almacenada en la nube con acceso directo; INFORMACIÓN QUE QUEDARÁ LACRADA por defecto al momento de su envío”.
Con fecha 13 de setiembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente documentación: “(…) escanear todos los expediente judiciales comprendidos entre los año 2020 al 2022 obrantes en el NOVENO JUZGADO DE FAMILIA CON SUB ESPECIALIDAD EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (…) – Escanear a color los expedientes judiciales en el período solicitado (2020- 2022), incluyendo la tapa y contratapa, - Todos los expedientes deberán encontrándose debidamente FOLIADOS, y deberán CONTENER EL EXPEDIENTE COMPLETO acompañado de todos sus TOMOS en casos que correspondan, así como sus anexos, videos, audios y otros que contengan; en ningún caso se deberán omitir vistos buenos o similares – REVISAR MINUCIOSAMENTE AMBAS CARAS. – FOLIAR o REFOLIAR de ser el caso, por ningún motivo bajo pretexto de la cantidad de información se dejará de dar atención a mi pedido, para ello, se deberá adjuntar o incluir enlaces a la información almacenada en la nube con acceso directo; INFORMACIÓN QUE QUEDARÁ LACRADA por defecto al momento de su envío”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala