Resolución N.° 003012-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
27 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02935-2022-JUS/TTAIP de fecha 18 de noviembre de 2022, interpuesto por KASANDRA YOLANDA PONCIANO VALDEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORENCIA DE MORA con Expediente N° 5073 de fecha 20 de octubre de 2022.
Con fecha 20 de octubre de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente documentación:
“SOLICITO se me proporcione en copia certificada física o digitalizada el Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital del distrito de Florencia de Mora vigentes en el año 2011 (…)”.
Mediante comunicación electrónica de fecha 8 de noviembre de 2022, la recurrente reitera ante la entidad el requerimiento de información, solicitando se adopten las acciones correspondientes. En la misma fecha, mediante comunicación electrónica, la entidad le comunica que la información solicitada la puede encontrar en la página de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora.
Con fecha 9 de noviembre de 2022, ante la respuesta de la entidad, la recurrente señala que la información publicada en la página web del citado municipio corresponde al año 2020, no encontrándose los documentos vigentes del 2011, siendo estos, los requeridos mediante su solicitud de acceso a la información pública. Ante ello, en la misma fecha, la entidad le solicita la remisión del cargo de recepción de su solicitud, a fin de brindarle atención.
El 18 de noviembre de 2022, al no recibir la información requerida por parte de la entidad, la recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 20 de octubre de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente documentación:
“SOLICITO se me proporcione en copia certificada física o digitalizada el Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital del distrito de Florencia de Mora vigentes en el año 2011 (…)”.
Mediante comunicación electrónica de fecha 8 de noviembre de 2022, la recurrente reitera ante la entidad el requerimiento de información, solicitando se adopten las acciones correspondientes. En la misma fecha, mediante comunicación electrónica, la entidad le comunica que la información solicitada la puede encontrar en la página de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora.
Con fecha 9 de noviembre de 2022, ante la respuesta de la entidad, la recurrente señala que la información publicada en la página web del citado municipio corresponde al año 2020, no encontrándose los documentos vigentes del 2011, siendo estos, los requeridos mediante su solicitud de acceso a la información pública. Ante ello, en la misma fecha, la entidad le solicita la remisión del cargo de recepción de su solicitud, a fin de brindarle atención.
El 18 de noviembre de 2022, al no recibir la información requerida por parte de la entidad, la recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala