Resolución N.° 003008-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

27 de diciembre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 03085-2022-JUS/TTAIP de fecha 1 de diciembre de 2022, interpuesto por ALFREDO EDUARDO CASTRO LA ROSA contra el Oficio N° 307-2022-ANEPSSA PERU GG de fecha 22 de noviembre de 2022, mediante el cual la ASOCIACION NACIONAL DE EMPRESAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SANEAMIENTO DE PERU ANEPSSA PERU atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 20 de octubre de 2022.
Con fecha 20 de octubre de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad información en los siguientes términos:
“solicito se me expida copias fedateadas o certificadas de los siguientes documentos a nuestro correo electrónico sutaphemapah@hotmail.com
a) El íntegro del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2022- ANEPSSAPERU/CD de fecha 27/04/2022.
b) Los documentos que sustentan la declaración de persona no grata al señor MARIO ANIBAL REQUENA SUAZNABAR como ex gerente general de ANEPSSA PERU. Por efectos del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2022- ANEPSSAPERU/CD de fecha 27/04/2022.
c) El comunicado de ANEPSSA PERU del mes de octubre del 2022 en donde se da a conocer que el señor MARIO ANIBAL REQUENA SUAZNABAR es persona no grata; y, su respectiva notificación a la EPS Aguas de Lima Norte S.A.”
A través del Oficio N° 307-2022-ANEPSSAPERU GG de fecha 22 de noviembre de 2022, la entidad atendió la solicitud señalando lo siguiente: “(…) por encargo del consejo directivo de nuestra asociación acordada en sesión N° 031-2022-ANEPSSA PERU-CD de fecha 16 de noviembre del 2022, se le comunica que lamentamos no poder atender su pedido presentado el 20 de octubre del 2022”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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