Resolución N.° 002986-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

22 de diciembre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 02357-2022-JUS/TTAIP de fecha 23 de setiembre de 2022, interpuesto por JUAN RAMOS PAIVA contra la respuesta remitida por correo electrónico de fecha 15 de setiembre de 2022, que contiene el Memorándum Nº 1493- 2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE y anexos, mediante el cual el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO habría denegado, según alega el recurrente, su solicitud de acceso a la información pública de fecha 5 de setiembre de 2022.
Con fecha 5 de setiembre de 2022 el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“INFORMACION FEDATEADA DEL EXPEDIENTE COMPLETO QUE DIO INICIO AL TRAMITE PARA EL DIAGNOSTICO DE SANEAMIENTO BASICO DE ANEXO DE SAN FRANCISCO, DISTRITO DE AMOTAPE, PROVINCIA DE PAITA, REGION PIURA AFECTADAS POR EL FENOMENO DEL NIÑO COSTERO, Y QUE CULMINO CON LA EXPEDICIÓN DE LA RESPECTIVA FICHA DE RECONSTRUCCION CON CAMBIOSSANEAMIENTO BASICO RURAL N°003-2017-PIURA-CJZC, DE FECHA 05.08.2017, ELABORADOPOR EL CHRISTIAN JOSEPH ZEGARRA CHAVEZ”
Mediante correo electrónico de fecha 15 de setiembre de 2022, la entidad remitió al recurrente el Memorándum Nº 1493-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE y el Informe N° 015-2022-VIVIENDA/VMCS/PNSR/UTGT/RLLR, manifestando que la documentación solicitada no se encuentra en su poder debido a que el referido proyecto fue transferido a la Municipalidad Distrital de Amotape como Unidad Ejecutora, se acuerdo a lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 027-2018-PCM.
Con fecha 23 de setiembre de 2022, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando que de acuerdo a la información obtenida de la página web de la entidad, la información que solicita se encuentra en su poder, por lo que sostiene que la denegatoria de su solicitud no se encuentra conforme a ley.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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