Resolución N.° 002978-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
21 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 03050-2022-JUS/TTAIP de fecha 30 de noviembre de 2022, interpuesto por HERNAN DE LA FUENTE RONDON contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. ELECTRO ORIENTE con fecha 9 de noviembre de 2022.
Con fecha 9 de noviembre 2022, el recurrente solicitó a la entidad que se le otorgue copia simple y también por correo electrónico la siguiente información:
“Contratos, Ordenes de Servicio y Términos de Referencia, provenientes de todos los procedimientos de selección convocados por Electro Oriente, en los años 2018, 2019, 2020, 2021 y lo que va del presente año 2022, incluyendo las adjudicaciones directas menores a 8 U.I.T. en que haya participado CORPORACIÓN OPTIMICE S.A.C. como postor individual o en consorcio. Asimismo, copia del expediente técnico con el que se le otorgó la buena pro al postor CORPORACIÓN OPTIMICE S.A.C. o al consorcio postor que integró la referida persona jurídica. Así también copia del expediente económico con el cual se le otorgó la buena pro al postor CORPORACIÓN OPTIMICE S.A.C. o al consorcio postor que integró la referida persona jurídica (…)”.
Con fecha 29 de noviembre de 2022, al no recibir respuesta a la solicitud, el recurrente consideró denegada la información y en aplicación del silencio administrativo negativo presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución 002861-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , de fecha 5 de diciembre de 2022, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 9 de noviembre 2022, el recurrente solicitó a la entidad que se le otorgue copia simple y también por correo electrónico la siguiente información:
“Contratos, Ordenes de Servicio y Términos de Referencia, provenientes de todos los procedimientos de selección convocados por Electro Oriente, en los años 2018, 2019, 2020, 2021 y lo que va del presente año 2022, incluyendo las adjudicaciones directas menores a 8 U.I.T. en que haya participado CORPORACIÓN OPTIMICE S.A.C. como postor individual o en consorcio. Asimismo, copia del expediente técnico con el que se le otorgó la buena pro al postor CORPORACIÓN OPTIMICE S.A.C. o al consorcio postor que integró la referida persona jurídica. Así también copia del expediente económico con el cual se le otorgó la buena pro al postor CORPORACIÓN OPTIMICE S.A.C. o al consorcio postor que integró la referida persona jurídica (…)”.
Con fecha 29 de noviembre de 2022, al no recibir respuesta a la solicitud, el recurrente consideró denegada la información y en aplicación del silencio administrativo negativo presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución 002861-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , de fecha 5 de diciembre de 2022, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala