Resolución N.° 002959-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

19 de diciembre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 002841-2022-JUS/TTAIP de fecha 13 de noviembre de 2022, interpuesto por SAÚL EDUARDO VILLARREAL RÍOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO, de fecha 31 de agosto de 2022.
Con fecha 31 de agosto de 2022 el recurrente solicitó a la entidad se le entregue:
“• Disposiciones que regulen el procedimiento para la obtención del Título Profesional de Educación Primaria a aplicarse a los ingresantes del ciclo 2015-I.
• Disposiciones vigentes que regulen el procedimiento y plazos para la obtención del Título Profesional de Educación Primaria mediante clase magistral, enfatizando los requisitos que se tendría que cumplir.
• Disposiciones que regulen el procedimiento de devolución de pagos erróneos, indebidos y/o en exceso de tasas, realizados a nombre de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, por intermedio del Banco de la Nación.
• Directorio Institucional ACTUALIZADO, en el que se consigne los nombres y apellidos completos del/de la servidor/servidora o funcionario/funcionaria, órgano y unidad, número de teléfono con su respectivo anexo, número celular (en caso corresponda) y correo electrónico”.
Con fecha 13 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 002833-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad remita el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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