Resolución N.° 002933-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
16 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02902-2022-JUS/TTAIP de fecha 16 de noviembre de 2022, interpuesto por JAVIER RODRIGO SANTA CRUZ CALLIRGOS contra la comunicación electrónica de fecha 9 de noviembre de 2022, mediante la cual el FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES – INVERMET atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con N° de Expediente: E-0012062-2022.
Con Expediente N° E-0012062-20221 , el recurrente solicito a la entidad que le envíe por correo electrónico la siguiente información:
“SOLICITO COPIA FEDATEADA DE TODAS LAS ÓRDENES DE SERVICIO Y/O CONTRATOS CON SUS CORRESPONDIENTES TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL PROVEEDOR HUGO GUSTAVO MALPICA SANCHEZ CONTRAIDO CON EL FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES (INVERMET) DURANTE LOS AÑOS 2019, 2020, 2021 Y HASTA EL 25/10/2022, EN CUMPLIMIENTO AL MANDATO DE LA LEY N°27806-LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, SU TUO Y EL DECRETO SUPREMO N° 070-2013-PCM QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 072- 2003- PCM.” [SIC]
A través de la comunicación electrónica de fecha 9 de noviembre de 2022, la entidad atendió la solicitud, según refiere el recurrente en su recurso de apelación.
Con Expediente N° E-0012062-20221 , el recurrente solicito a la entidad que le envíe por correo electrónico la siguiente información:
“SOLICITO COPIA FEDATEADA DE TODAS LAS ÓRDENES DE SERVICIO Y/O CONTRATOS CON SUS CORRESPONDIENTES TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL PROVEEDOR HUGO GUSTAVO MALPICA SANCHEZ CONTRAIDO CON EL FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES (INVERMET) DURANTE LOS AÑOS 2019, 2020, 2021 Y HASTA EL 25/10/2022, EN CUMPLIMIENTO AL MANDATO DE LA LEY N°27806-LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, SU TUO Y EL DECRETO SUPREMO N° 070-2013-PCM QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 072- 2003- PCM.” [SIC]
A través de la comunicación electrónica de fecha 9 de noviembre de 2022, la entidad atendió la solicitud, según refiere el recurrente en su recurso de apelación.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala