Resolución N.° 002906-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02999-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de noviembre de 2022, interpuesto por RUDY AGRAMONTE CHÁVEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA con fecha 3 de noviembre de 2022
Con fecha 3 de noviembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de, “COPIA SIMPLE DE LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DEL LOCAL RÚSTICO PARA CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, A CARGO DEL SEÑOR GREGORIO MANUEL DÍAZ ÁLVAREZ”.
El 22 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 24 de noviembre de 2022, a través del OFICIO N° 043-2022-MDT-A/SG la entidad elevó a esta instancia el referido recurso impugnatorio, adjuntando la CARTA N° 158-2022MDT/A-SG, notificada el 23 de noviembre de 2022, que contiene la HOJA DE COORDINACIÓN N° 849-2022-GAT/MDT, mediante la cual la entidad brindó respuesta a la solicitud del recurrente señalando que, “(…) no se ha expedido ningún tipo de autorización de funcionamiento de local rustico”.
Mediante la Resolución N° 002748-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, en atención a ella, con fecha 6 de diciembre de 2022, la entidad remitió a esta instancia el OFICIO N° 046-2022-MDT-A/SG adjuntando el expediente generado para la atención de la solicitud del recurrente.
Con fecha 3 de noviembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de, “COPIA SIMPLE DE LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DEL LOCAL RÚSTICO PARA CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, A CARGO DEL SEÑOR GREGORIO MANUEL DÍAZ ÁLVAREZ”.
El 22 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 24 de noviembre de 2022, a través del OFICIO N° 043-2022-MDT-A/SG la entidad elevó a esta instancia el referido recurso impugnatorio, adjuntando la CARTA N° 158-2022MDT/A-SG, notificada el 23 de noviembre de 2022, que contiene la HOJA DE COORDINACIÓN N° 849-2022-GAT/MDT, mediante la cual la entidad brindó respuesta a la solicitud del recurrente señalando que, “(…) no se ha expedido ningún tipo de autorización de funcionamiento de local rustico”.
Mediante la Resolución N° 002748-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, en atención a ella, con fecha 6 de diciembre de 2022, la entidad remitió a esta instancia el OFICIO N° 046-2022-MDT-A/SG adjuntando el expediente generado para la atención de la solicitud del recurrente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala