Resolución N.° 002901-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
13 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02987-2022-JUS/TTAIP de fecha 23 de noviembre de 2022, interpuesto por CÉSAR ARMANDO CLAVIJO ARRAIZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO con fecha 2 de noviembre de 2022.
Con fecha 2 de noviembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega vía correo electrónico la siguiente información; “Listado de correos y el contenido de los mismos que han salido de la cuenta asignada al alcalde José Prudencio Ruiz Vega, desde el uno (1) de enero del 2022 hasta la fecha. Cuando no estuvo en funciones, remitir correo y contenido de los mismos de las persones que asumieron ese encargo”. (sic)
Mediante el OFICIO N° 2047-2022-MPT/SG/AI de fecha 17 de noviembre de 2022, la entidad comunicó al recurrente las acciones internas realizadas para atender la referida solicitud, en los siguientes términos: “(…) el expediente indicado líneas arriba fue derivado a la GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA, de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el día 08-11-2022, para realizar el trámite correspondiente a fin de dar cumplimiento a su pedido, es así que con PROVEIDO 7509-2022-MPT/SG, se procede a enviar un OFICIO REITERATIVO Nº 2043-2022-MPT/SG/AI, el día 17- 11-2022, para que cumpla con el expediente antes mencionado y así poder brindarle la información requerida”.
El 23 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 2 de noviembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega vía correo electrónico la siguiente información; “Listado de correos y el contenido de los mismos que han salido de la cuenta asignada al alcalde José Prudencio Ruiz Vega, desde el uno (1) de enero del 2022 hasta la fecha. Cuando no estuvo en funciones, remitir correo y contenido de los mismos de las persones que asumieron ese encargo”. (sic)
Mediante el OFICIO N° 2047-2022-MPT/SG/AI de fecha 17 de noviembre de 2022, la entidad comunicó al recurrente las acciones internas realizadas para atender la referida solicitud, en los siguientes términos: “(…) el expediente indicado líneas arriba fue derivado a la GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA, de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el día 08-11-2022, para realizar el trámite correspondiente a fin de dar cumplimiento a su pedido, es así que con PROVEIDO 7509-2022-MPT/SG, se procede a enviar un OFICIO REITERATIVO Nº 2043-2022-MPT/SG/AI, el día 17- 11-2022, para que cumpla con el expediente antes mencionado y así poder brindarle la información requerida”.
El 23 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala