Resolución N.° 003057-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
21 de noviembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02750-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de noviembre de 2022, interpuesto por IVAN CÉSAR RAMOS BENDEZÚ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el HOSPITAL EMERGENCIA ATE VITARTE, con fecha 14 de octubre de 2022.
Con fecha 14 de octubre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad copias certificadas de la siguiente información:
1. “Acto administrativo de designación del jefe de la Gerencia Administración y Finanzas (Periodo desde 01 enero de 2022 al 13 de octubre de 2022).
2. Remisión de las grabaciones de cámaras de video vigilancia, donde se encuentra los equipos de la empresa HEMOSALUD- desde 13 de octubre al 27 de octubre de 2022. Tener en cuenta que se está pidiendo la información a tiempo, ya que las cámaras de video vigilancia tienen la capacidad mínima, después los regraba, perdiéndose la información del cual estoy solicitando. Ya que, de suceder tal eventualidad, tendrá responsabilidad ante las instancias correspondientes” (sic).
Con fecha 3 de noviembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002904--2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 14 de octubre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad copias certificadas de la siguiente información:
1. “Acto administrativo de designación del jefe de la Gerencia Administración y Finanzas (Periodo desde 01 enero de 2022 al 13 de octubre de 2022).
2. Remisión de las grabaciones de cámaras de video vigilancia, donde se encuentra los equipos de la empresa HEMOSALUD- desde 13 de octubre al 27 de octubre de 2022. Tener en cuenta que se está pidiendo la información a tiempo, ya que las cámaras de video vigilancia tienen la capacidad mínima, después los regraba, perdiéndose la información del cual estoy solicitando. Ya que, de suceder tal eventualidad, tendrá responsabilidad ante las instancias correspondientes” (sic).
Con fecha 3 de noviembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002904--2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala