Resolución N.° 002955-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de noviembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02682-2022-JUS/TTAIP de fecha 26 de octubre de 2022, interpuesto por EDWIN ALFREDO ZAMUDIO GÓMEZ contra la Carta N° 002155-2022-MP-FN-STPAD de fecha 6 de octubre de 2022, mediante la cual el MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA DE LA NACIÓN atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 4 de octubre de 2022, registrada con Expediente N° ADMDFL20220002806.
Con fecha 4 de octubre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad “estado actual de las denuncias referente a los Expedientes 1568-2021-STPAD y 640-2022-STPAD”.
Mediante la Carta N°002155-2022-MP-FN-STPAD de fecha 6 de octubre de 2022, la entidad brindó atención a la solicitud del recurrente, señalando:
“(…) debemos indicar que de acuerdo a lo señalado en el inciso 3 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y estando los expedientes administrativos disciplinarios N°s 1568-2021-STPAD y 640-2022-STPAD en INVESTIGACION PRELIMINAR, por lo que ellos se encontrarían dentro de las excepciones al acceso de la información pública. En ese sentido, estando que los expedientes administrativos disciplinarios N°s 1568- 2021-STPAD y 640-2022-STPAD se encuentran en INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, se le DENIEGA al ciudadano EDWIN ALFREDO ZAMUDIO GOMEZ, identificado DNI N° XXXXXXX la solicitud de acceso a la información pública. Finalmente, cabe señalar que mediante Carta N° 868-2022-MP-FN-STPAD, de fecha 27 de abril de 2022, esta Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios, le comunicó al ciudadano EDWIN ALFREDO ZAMUDIO GOMEZ, conforme lo dispone el artículo 101 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM.” (Sic).
Con fecha 4 de octubre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad “estado actual de las denuncias referente a los Expedientes 1568-2021-STPAD y 640-2022-STPAD”.
Mediante la Carta N°002155-2022-MP-FN-STPAD de fecha 6 de octubre de 2022, la entidad brindó atención a la solicitud del recurrente, señalando:
“(…) debemos indicar que de acuerdo a lo señalado en el inciso 3 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y estando los expedientes administrativos disciplinarios N°s 1568-2021-STPAD y 640-2022-STPAD en INVESTIGACION PRELIMINAR, por lo que ellos se encontrarían dentro de las excepciones al acceso de la información pública. En ese sentido, estando que los expedientes administrativos disciplinarios N°s 1568- 2021-STPAD y 640-2022-STPAD se encuentran en INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, se le DENIEGA al ciudadano EDWIN ALFREDO ZAMUDIO GOMEZ, identificado DNI N° XXXXXXX la solicitud de acceso a la información pública. Finalmente, cabe señalar que mediante Carta N° 868-2022-MP-FN-STPAD, de fecha 27 de abril de 2022, esta Secretaria Técnica de Procesos Administrativos Disciplinarios, le comunicó al ciudadano EDWIN ALFREDO ZAMUDIO GOMEZ, conforme lo dispone el artículo 101 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM.” (Sic).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala