Resolución N.° 002695-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
18 de noviembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02671-2022-JUS/TTAIP de fecha 25 de octubre de 2022, interpuesto por el SINDICATO DE TRABAJADORES DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL DISTRITO FISCAL DE APURÍMAC contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DEL DISTRITO FISCAL DE APURIMAC - ADMINISTRACIÓN DEL DISTRITO FISCAL con fecha 30 de setiembre de 2022.
Con fecha 30 de setiembre de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó conforme a los siguientes términos:
“(…) SOLICITAR se sirva informar la respuesta otorgada al escrito presentado por la servidora SHADIRA ELICIA PRADA ZAMORA, quien, en su condición de servidora, solicito a su autoridad mediante el escrito signado en la referencia - cuya copia se adjunta en folios 01 – se le asigne la modalidad de trabajo remoto, por tener condición de madre lactante.”
El 18 de octubre de 2022, al no tener respuesta de la entidad, la recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis. Asimismo, como pretensión accesoria solicita se disponga el inicio del procedimiento sancionador para hacer efectiva la responsabilidad del administrador del distrito fiscal del Apurímac.
Con fecha 30 de setiembre de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó conforme a los siguientes términos:
“(…) SOLICITAR se sirva informar la respuesta otorgada al escrito presentado por la servidora SHADIRA ELICIA PRADA ZAMORA, quien, en su condición de servidora, solicito a su autoridad mediante el escrito signado en la referencia - cuya copia se adjunta en folios 01 – se le asigne la modalidad de trabajo remoto, por tener condición de madre lactante.”
El 18 de octubre de 2022, al no tener respuesta de la entidad, la recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis. Asimismo, como pretensión accesoria solicita se disponga el inicio del procedimiento sancionador para hacer efectiva la responsabilidad del administrador del distrito fiscal del Apurímac.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala