Resolución N.° 002623-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de noviembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02108-2022-JUS/TTAIP de fecha 19 de agosto de 2022, interpuesto por MONICA CAROLINA CARPIO JARAMILLO contra la Carta NC-190-DITA-N° 0723 el 16 de agosto de 2022, mediante la cual la FUERZA AÉREA DEL PERÚ, dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 9 de agosto 2022.
Con fecha 9 de agosto 2022, la recurrente solicitó a la entidad: “fotografías y envío por correo de las partidas de nacimiento, bautizo o demás documentos públicos de mi abuelo Adrián Carpio Cervantes y mi abuela Cecilia Adriazola Romero (primera esposa)”.
Mediante la Carta NC-190-DITA-N° 0723 el 16 de agosto de 2022, la entidad indico lo siguiente: “(…) Al respecto de acuerdo a lo informado por el Director de Administración de Personal de (DIAPE) y de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado con la norma de la referencia b) para acceder a la documentación requerida deberá acercarse directamente al Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, teniendo en cuenta el pago del derecho respectivo en la Oficina de Economía y Finanzas de esta Dirección conforme a lo indicado en el TUPA de la Fuerza Aérea del Perú, publicado en la página web de Servicios al ciudadano y empresas (…)”.
El 19 de agosto de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando que: “(…) con fecha 09 de agosto volví a solicitar la documentación esta vez por correo (ANEXO 6). Textualmente solicité lo siguiente: Solicito fotografías y envío por correo de las partidas de nacimiento, bautizo o demás documentos públicos de mi abuelo Adrián Carpio Cervantes y de mi abuela Celia Adriazola Romero (primera esposa).
Con fecha 9 de agosto 2022, la recurrente solicitó a la entidad: “fotografías y envío por correo de las partidas de nacimiento, bautizo o demás documentos públicos de mi abuelo Adrián Carpio Cervantes y mi abuela Cecilia Adriazola Romero (primera esposa)”.
Mediante la Carta NC-190-DITA-N° 0723 el 16 de agosto de 2022, la entidad indico lo siguiente: “(…) Al respecto de acuerdo a lo informado por el Director de Administración de Personal de (DIAPE) y de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado con la norma de la referencia b) para acceder a la documentación requerida deberá acercarse directamente al Departamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, teniendo en cuenta el pago del derecho respectivo en la Oficina de Economía y Finanzas de esta Dirección conforme a lo indicado en el TUPA de la Fuerza Aérea del Perú, publicado en la página web de Servicios al ciudadano y empresas (…)”.
El 19 de agosto de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando que: “(…) con fecha 09 de agosto volví a solicitar la documentación esta vez por correo (ANEXO 6). Textualmente solicité lo siguiente: Solicito fotografías y envío por correo de las partidas de nacimiento, bautizo o demás documentos públicos de mi abuelo Adrián Carpio Cervantes y de mi abuela Celia Adriazola Romero (primera esposa).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala