Resolución N.° 002615-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de noviembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01857-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de julio de 2022, interpuesto por RENZO ZENÓN MOLINA GONZÁLEZ, contra la CARTA N° 573- 20222RT/CSJAR de fecha 13 de julio de 2022, mediante la cual la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA atendió su solicitud de acceso a la información presentada con fecha 30 de junio de 2022.
Con fecha 30 de junio de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(...) una relación de todos los expedientes judiciales tramitados ante el Despacho Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa por la Juez Carina Apaza del Carpio, desde el inicio de su gestión en dicho despacho, hasta la fecha de emisión e la información solicitada, relación que deberá ser otorgada en un CD o DVD en formato de cualquier base de datos comercial u otra que su representada maneje, en cuyo caso, de no ser una base de datos comercial , también se me proporcione el programa de la base de datos en la que se me será provista la información solicitada, con la finalidad de acceder a dicha información , relación que como mínimo deberá contener todos los ítem contenidos en la base de datos de la página web del poder judicial cuya dirección electrónica es https://cej.pj,gob.pe/cej/formx/busquedaform.html información que su representada posee, la cual se encuentra en una base de datos que su representada maneja”. (sic)
Con fecha 30 de junio de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(...) una relación de todos los expedientes judiciales tramitados ante el Despacho Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa por la Juez Carina Apaza del Carpio, desde el inicio de su gestión en dicho despacho, hasta la fecha de emisión e la información solicitada, relación que deberá ser otorgada en un CD o DVD en formato de cualquier base de datos comercial u otra que su representada maneje, en cuyo caso, de no ser una base de datos comercial , también se me proporcione el programa de la base de datos en la que se me será provista la información solicitada, con la finalidad de acceder a dicha información , relación que como mínimo deberá contener todos los ítem contenidos en la base de datos de la página web del poder judicial cuya dirección electrónica es https://cej.pj,gob.pe/cej/formx/busquedaform.html información que su representada posee, la cual se encuentra en una base de datos que su representada maneja”. (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala