Resolución N.° 002585-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de noviembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02326-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de setiembre de 2022, interpuesto por ALEXANDER VILLARROEL ZURITA contra la Carta N°. 000583-2022-DP/SSG-REAINF, notificada el 7 de setiembre de 2022, mediante la cual el DESPACHO PRESIDENCIAL, denegó solicitud de acceso a la información pública de fecha 19 de agosto de 2022.
Con fecha 19 de agosto de 2022, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico: “(…) COPIA DE LOS OFICIOS N°. 115-2022-DP/CMED, N° 218- 2022-DP/CMED, N° 268-2022-DP/CMED Y N° 353-2022-DP/CMED.”
Mediante la Carta N°. 000583-2022-DP/SSG-REAINF, notificada el 7 de setiembre de 2022, la entidad comunica al recurrente que:
“La información que solicita no es legal ni jurídicamente posible de atender, en vista que afectaría el carácter SECRETO atentando contra la Seguridad Nacional, dado que los aspectos concernientes a la información solicitada cuentan con esa clasificación, estando comprendidas entre estas directrices y alcances el “Plan de Seguridad de Palacio de Gobierno y Locales Conexos”, contando con una codificación específica “DR001-PSPG2022”. Al respecto, se adjuntan los Informes N° 000537-2022-DP/CM, N°0519-2022-DP/CM y N°000232-2022- DP/OGAJ(31AGO2022), que sustentan esta denegatoria”.
Con fecha 19 de agosto de 2022, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico: “(…) COPIA DE LOS OFICIOS N°. 115-2022-DP/CMED, N° 218- 2022-DP/CMED, N° 268-2022-DP/CMED Y N° 353-2022-DP/CMED.”
Mediante la Carta N°. 000583-2022-DP/SSG-REAINF, notificada el 7 de setiembre de 2022, la entidad comunica al recurrente que:
“La información que solicita no es legal ni jurídicamente posible de atender, en vista que afectaría el carácter SECRETO atentando contra la Seguridad Nacional, dado que los aspectos concernientes a la información solicitada cuentan con esa clasificación, estando comprendidas entre estas directrices y alcances el “Plan de Seguridad de Palacio de Gobierno y Locales Conexos”, contando con una codificación específica “DR001-PSPG2022”. Al respecto, se adjuntan los Informes N° 000537-2022-DP/CM, N°0519-2022-DP/CM y N°000232-2022- DP/OGAJ(31AGO2022), que sustentan esta denegatoria”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala