Resolución N.° 002576-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

11 de noviembre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02507-2022-JUS/TTAIP de fecha 6 de octubre de 2022, interpuesto por MELQUIADES RICHARD RAMOS CHAGUA , contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUASAHUASI el 14 de setiembre de 2022.
Con fecha 14 de setiembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información: “(…)
1. Los contratos se servicios mensuales suscritos por el contratado abogado don Wilder Domingo mariscal Espinoza, identificado con RUC N° 10210940583 desde el año 2019 hasta el año 2022.
2. Las órdenes de servicios mensuales por el contratado abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, identificado con RUC N° 10210940583 desde el año 2019 hasta el año 2022.
3. Los informes que emitió el contratado abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, identificado con RUC N° 10210940583 desde el año 2019 hasta el año 2022.
4. Las conformidades que emitió el área usuaria en este caso el Despacho de Alcaldía, correspondiente al abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, identificado con RUC N° 102109400583 desde el año 2019 hasta el año 2022.
5. Los comprobantes de pago – registro SIAF emitidos por el contratado abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, identificado con RUC N° 10210940583 desde el año 2019 hasta el año 2022.
6. Los recibos por honorarios emitidos por el contratado abogado don Wilder Domingo Mariscal Espinoza, identificado con RUC N° 10210940583 desde el año 2019 hasta el año 2022.
7. Otros documentos que por su naturaleza administrativa resulten parte del expediente de contratación”. (sic)
El 6 de octubre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante la referida institución el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución Nº 02341-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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