Resolución N.° 002420-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

27 de octubre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 02435-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de octubre de 2022, interpuesto por OCTAVIO ROJAS CABALLERO contra la CARTA N° 763-GCGPESSALUD-2022 notificada con fecha 23 de setiembre de 2022, mediante el cual el SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD atendió su solicitud de acceso a la información presentada con Trámite N° 0179-2022-NIT-0023749 de fecha 15 de setiembre de 2022.
Con fecha 15 de setiembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
1. INFORME N° 2237-CPyL-SGGP-GAP-GCGP-ESSALUD-2022 de fecha 30/May/2022, en el cual se determina el “Tiempo de Servicios” de Cuarenta y Siete (47) años, Nueve (9) meses y Cinco (5) días, correspondiente al titular y beneficiario de la Resolución de Sub Gerencia N° 267-SGGP-CAP-GCGPESSALUD-2022 de fecha 13/Jul/2022
2. Todo ANTECEDENTE con sus ANEXOS del INFORME citado precedentemente; incluso, la fuente sustentatoria documentada, y cuantos parámetros utilizados para garantizar la forma inequívoca de cálculo.
3. Toda normativa Interna o Manual que instruye el método de cálculo; asimismo, la fórmula matemática en archivo de formato de Excel utilizada e identificando a cada una de las variables y numéricas que la conforma, de cuyo resultado se obtiene el Tiempo de Servicios, expresado en Años, Meses y Días”. (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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