Resolución N.° 002816-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

28 de octubre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02464-2022-JUS/TTAIP de fecha 28 de setiembre de 2022, interpuesto por OCTAVIO ROJAS CABALLERO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD, con Solicitud N° S-80115- 2022, registrada con Tramite N° 0179-2022-NIT-0022692 de fecha 6 de setiembre de 2022.
Con fecha 6 de setiembre de 2022, el recurrente solicitó copia simple remitida a través de su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
1. Toda "Licencia con Goce de Haber Sujeta a Cornpensación" otorgada al personal de la Gerencia de Inversiones Financieras de la Gerencia Central de Gestión Financiera de EsSalud, tanto de los servidores en actividad como los que hubieren cesado desde la fecha que se dictó el aislamiento obligatorio mediante D.S. No 044-2020-PCM (16/Mar/2020)
2. Toda normativa Interna emitida por EsSalud más ANTECEDENTES con sus ANEXOS, dirigida a complementar la regulación tanto de la Licencia como para expedir el 'Certificado de Evaluación" a cargo del Médico Ocupacional.
3. Todo "Cargo de Recepción" tanto de la "Licencia con Goce de Haber" y del "Certificado de Evaluación" a que se refieren los numerales 1 y 2 que preceden, a favor de los servidores de la Gerencia de Inversiones Financieras de la GCGF.” [sic]
Con fecha 28 de setiembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó su recurso de apelación ante esta instancia.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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