Resolución N.° 002755-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

24 de octubre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 02313-2022-JUS/TTAIP de fecha 20 de setiembre de 2022, interpuesto por EDUARDO RICARDO CONTRERAS ALMONACID contra la Providencia de Coordinación N° 040-2022 notificada con fecha 9 de setiembre de 2022, mediante la cual la FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE TARMA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante Registro N° 1394 de fecha 2 de setiembre de 2022.
Con fecha 2 de setiembre de 2022 el recurrente solicitó a la entidad “COPIA CERTIFICADA DEL DICTAMEN EMITIDO POR EL SEÑOR FISCAL EN EL (...) PROCESO JUDICIAL (...) 0042-2013-0-1509-JM-LA-01 (...)”.
A través de la Providencia de Coordinación N° 040-2022 de fecha 6 de setiembre de 2022, emitido por la Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tarma, se brindó la siguiente respuesta con relación al requerimiento del administrado: “(...) ésta Fiscalía (...) no custodia expedientes, por otro lado actualmente las Fiscalías Mixtas se encuentran desactivadas, por lo que se precisa que el dictamen solicitado es del año 2013 y ésta Fiscalía no cuenta con dicho documento, cabe precisar que los dictámenes obran en el expediente judicial del cual se encuentra a cargo el Poder Judicial (...)”.
Con fecha 20 de setiembre de 2022 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la denegatoria no se encuentra debidamente motivada, puntualizando que la información peticionada no es reservada ni confidencial, por lo que debió ser entregada.
Mediante la Resolución N° 002569-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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