Resolución N.° 002734-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de octubre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02437-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de octubre de 2022, interpuesto por JESÚS ESTANISLAO MAMANI CHAMPI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, con fecha 6 de setiembre de 2022, registrado con Documento N° 4945914, Expediente N° 3176190.
Con fecha 6 de setiembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información: “Documento escaneado de los antecedentes (Informe Nº009-2022-GRA/GRDS/BRMVLL/NQB, Informe 220-2020- GRA/GRDIS, y otros) que dieron origen al Acuerdo Regional Nº072-0022-GRA/CRAREQUIPA de fecha 23 de agosto del 2022.” (sic).
Con fecha 3 de octubre de 2022, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002661-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública del recurrente y de ser el caso, la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 1837-2022-GRA/SG, ingresada a esta instancia el 19 de setiembre de 2022, la entidad remitió el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública del recurrente.
Con fecha 6 de setiembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información: “Documento escaneado de los antecedentes (Informe Nº009-2022-GRA/GRDS/BRMVLL/NQB, Informe 220-2020- GRA/GRDIS, y otros) que dieron origen al Acuerdo Regional Nº072-0022-GRA/CRAREQUIPA de fecha 23 de agosto del 2022.” (sic).
Con fecha 3 de octubre de 2022, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002661-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública del recurrente y de ser el caso, la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 1837-2022-GRA/SG, ingresada a esta instancia el 19 de setiembre de 2022, la entidad remitió el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública del recurrente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala