Resolución N.° 002670-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
14 de octubre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02278-2022-JUS/TTAIP de fecha 15 de septiembre de 2022, interpuesto por JORGE ALBERTO TORRES LLERENA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA, con fecha 16 de agosto de 2022 y Registro N° 00016836.
Con fecha 16 de agosto de 2022, el recurrente solicitó a la entidad:
“(…) copias de los documentos que dieron lugar al Resumen Ejecutivo publicado en la plataforma del SEACE para la Adjudicación Directa N° 024-2022-MDC. Adquisición enriquecido lácteo y hojuelas de cereal para el Programa del Vaso de Leche, detallo la documentación que solicito:
- Copias de las cotizaciones presentadas por proveedores y que dieron lugar a la elaboración del Resumen Ejecutivo”.
Con fecha 15 de septiembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002527-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos , los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 16 de agosto de 2022, el recurrente solicitó a la entidad:
“(…) copias de los documentos que dieron lugar al Resumen Ejecutivo publicado en la plataforma del SEACE para la Adjudicación Directa N° 024-2022-MDC. Adquisición enriquecido lácteo y hojuelas de cereal para el Programa del Vaso de Leche, detallo la documentación que solicito:
- Copias de las cotizaciones presentadas por proveedores y que dieron lugar a la elaboración del Resumen Ejecutivo”.
Con fecha 15 de septiembre de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002527-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos , los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala