Resolución N.° 002663-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de octubre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 02361-2022-JUS/TTAIP de fecha 23 de setiembre de 2022, interpuesto por ULICES SAUCEDA PRETEL contra la Carta N° 005-2022-MIDAGRI-PEPP/JPS-RELAP, mediante la cual el PROYECTO ESPECIAL PICHIS-PALCAZU, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 8 de agosto de 2022, registrado con CUT N° 1799.
Con fecha 8 de agosto de 2022, el recurrente solicitó ante la entidad, la siguiente información: “los términos de referencia (TR) del personal técnico y Administrativo de la Obra Instalación de Servicios de Protección de las áreas agrícolas de los sectores San Martín de Zotarari y Boca Huatziriki, margen izquierda del rio Perene y margen derecha del rio Huatziriki correspondiente al presente año, específicamente del Residente Sr. Ing. Armando Gutarra Baldeon, identificado con DNI N° XXXXXXX.
Con fecha 23 de agosto de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando: “Que, la Carta Nº 005-2022-MIDAGRIPEPP/JPS-RELAP, documento con la cual dan respuesta otra información que no corresponde a lo peticionado, no habiendo quedado satisfecho con la respuesta siendo ambigua, CONSIDERÁNDOLO QUE EXISTIÓ NEGATIVA EN BRINDARLA”.
Mediante Resolución N° 002566-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriéndose a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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