Resolución N.° 002616-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

10 de octubre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02097-2022-JUS/TTAIP de fecha 18 de agosto de 2022, interpuesto por DYLAN EZEQUIEL LÓPEZ ENCARNACIÓN contra la Resolución N° 20 de fecha 25 de mayo de 2022, emitida por la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA - 15° JUZGADO CIVIL, mediante la cual denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante Registro N° 32588-2022 de fecha 6 de abril de 2022.
Con fecha 6 de abril de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“La totalidad del Exp. n.° 35433-2014-0-1801-JR-CI-15 (demanda de REIVINDICACIÓN del Poder Judicial contra el Colegio de Abogados de Lima) que incluya: las tapas de los tomos, el cargo de ingreso de expediente, la demanda y sus anexos, los escritos presentados por las partes y sus respectivos cargos de ingreso más sus anexos, las cédulas de notificación, las resoluciones, decretos y demás autos, debidamente firmados (firma física) de los tomos que conforman el expediente.” (sic)
Mediante la Resolución N° 20 de fecha 25 de mayo de 2022, la entidad denegó el acceso a la información requerida, señalando que el administrado no es parte del proceso aludido en su petición.
Con fecha 12 de julio de 2022 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, señalando que su “(...) pedido era viable fáctica y jurídicamente y debía ser atendido (...)”, haciendo alusión a otros procesos judiciales que sí le fueron entregados previamente.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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