Resolución N.° 002614-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de octubre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01867-2022-JUS/TTAIP de fecha a 22 de julio de 2022, interpuesto por ALICIA ABIGAIL CASANI BELLIDO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - HOSPITAL REGIONAL HONORIO DELGADO mediante Registro N° 2589990 de fecha 7 de setiembre de 2021.
Con fecha 7 de setiembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó copia fedateada de la información que a continuación se detalla:
“- Convocatoria pública realizada por el Hospital Regional Honorio Delgado para la contratación bajo el régimen del DL 276 (reemplazos y suplencias) de las siguientes personas: (1) Herlinda Peralta Molleapaza, (2) Alicia Giovanna Choque Medrano, (3) Henry Alburqueque Torres, (4) Patricia Suarez Carpio, (5) Diana Mamani Carpio, (6) Claudia Helen Agramonte Quispe, (7) Ingrid Álvarez Martinez, (8) Américo Herrera Vera, (9) Yuly Menacho Castañeda, (10) Paola Llajaruna Barreda; (11) Chise Sotelo Jose Manuel.
- Documento con sello de recepción y registro SISGEDO de fecha cierta que habría ingresado por Mesa de partes del Hospital Regional Honorio Delgado de los expedientes presentados por las personas en el punto precedente señaladas.
- Funciones realizadas por los CAS COVID Auxiliar asistencial y perfil requerido acorde al DL 1153, solicitado en el último concurso llevado a cabo por el HRHD en el que habrían ingresado Yuly Menacho y Chise Sotelo Jose Manuel.
- Contrato de Yuly Menacho Castañeda en plaza de r[e]emplazo bajo la modalidad del DL 276 (Nutrición)” (sic)
Con fecha 22 de junio de 2022, la recurrente al no recibir respuesta de la entidad, consideró denegado su pedido en aplicación del silencio administrativo negativo y presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 002173-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Con fecha 7 de setiembre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó copia fedateada de la información que a continuación se detalla:
“- Convocatoria pública realizada por el Hospital Regional Honorio Delgado para la contratación bajo el régimen del DL 276 (reemplazos y suplencias) de las siguientes personas: (1) Herlinda Peralta Molleapaza, (2) Alicia Giovanna Choque Medrano, (3) Henry Alburqueque Torres, (4) Patricia Suarez Carpio, (5) Diana Mamani Carpio, (6) Claudia Helen Agramonte Quispe, (7) Ingrid Álvarez Martinez, (8) Américo Herrera Vera, (9) Yuly Menacho Castañeda, (10) Paola Llajaruna Barreda; (11) Chise Sotelo Jose Manuel.
- Documento con sello de recepción y registro SISGEDO de fecha cierta que habría ingresado por Mesa de partes del Hospital Regional Honorio Delgado de los expedientes presentados por las personas en el punto precedente señaladas.
- Funciones realizadas por los CAS COVID Auxiliar asistencial y perfil requerido acorde al DL 1153, solicitado en el último concurso llevado a cabo por el HRHD en el que habrían ingresado Yuly Menacho y Chise Sotelo Jose Manuel.
- Contrato de Yuly Menacho Castañeda en plaza de r[e]emplazo bajo la modalidad del DL 276 (Nutrición)” (sic)
Con fecha 22 de junio de 2022, la recurrente al no recibir respuesta de la entidad, consideró denegado su pedido en aplicación del silencio administrativo negativo y presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 002173-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala