Resolución N.° 002536-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de setiembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02205-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de setiembre de 2022, interpuesto por el SINDICATO DE OBREROS MUNICIPALES DE TRUJILLO- SOMUT contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, con fecha 12 de julio de 2022, registrado con Expediente 31767-2022-MPT.
Con fecha 12 de julio de 2022 el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico la siguiente información: “COPIA DEL CURRICULUM VITAE DE LA FUNCIONARIA ANA MARIA RIOS NEGREIROS, QUIEN DIO ORIGEN A LA DESIGNACION AL CARGO COMO PROCURADORA PUBLICA MUNICIPAL EL 30 DE JULIO DEL 2022” (sic).
Además, consta en autos el Oficio N° 1370-2022-MPT-SG/AL de fecha 26 de julio de 2022, emitido por la entidad y dirigido al recurrente, que refiere: “(…) manifestarle que el expediente indicado líneas arriba fue derivado a la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el día 12-07-2022, para realizar el trámite correspondiente a fin de dar cumplimiento a su pedido, es así que con PROVEIDO 4469-2022-MPT/SG, se procede a enviar un OFICIO REITERATIVO N° 1362-2022-MPT/SG/AI, el día 26-07-2022, para que cumpla con el expediente antes mencionado y así poder brindarle la información requerida.”
Con fecha 3 de setiembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 12 de julio de 2022 el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico la siguiente información: “COPIA DEL CURRICULUM VITAE DE LA FUNCIONARIA ANA MARIA RIOS NEGREIROS, QUIEN DIO ORIGEN A LA DESIGNACION AL CARGO COMO PROCURADORA PUBLICA MUNICIPAL EL 30 DE JULIO DEL 2022” (sic).
Además, consta en autos el Oficio N° 1370-2022-MPT-SG/AL de fecha 26 de julio de 2022, emitido por la entidad y dirigido al recurrente, que refiere: “(…) manifestarle que el expediente indicado líneas arriba fue derivado a la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el día 12-07-2022, para realizar el trámite correspondiente a fin de dar cumplimiento a su pedido, es así que con PROVEIDO 4469-2022-MPT/SG, se procede a enviar un OFICIO REITERATIVO N° 1362-2022-MPT/SG/AI, el día 26-07-2022, para que cumpla con el expediente antes mencionado y así poder brindarle la información requerida.”
Con fecha 3 de setiembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala