Resolución N.° 002373-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
8 de setiembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01717-2022-JUS/TTAIP de fecha 5 de julio de 2022, interpuesto por EDWIN ASTETE JUAREZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN mediante Expediente N° CUI5354 de fecha 20 de mayo de 2022.
Con fecha 20 de mayo de 2022 el recurrente solicitó a la entidad “(...) copia simple del oficio N° 038-2016-GDUR.MDSS del 15 de Marzo del 2016 emitido por el gerente de Desarrollo Urbano del Municipio Distrital de San Sebastián (...)” (sic).
Con fecha 15 de junio de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis1 , alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002055-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 30-2022-SG-MDSS ingresado con fecha 5 de setiembre de 2022, la entidad señaló que le remitió al administrado los actuados del expediente administrativo derivado de su requerimiento, ello mediante Carta N° 118- 2022-MDSS-SG de fecha 5 de julio de 2022, a través de la cual se adjuntó: (i) el Informe N° 25-MVP-ARCH-GDUR-MDSS-2022 de fecha 27 de mayo de 2022, emitido por la encargada del Archivo de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural que refiere que “(...) no se encontró en los archivos la copia simple del oficio (...)” requerido por el administrado; y el Informe N° 135-MFT-AC-SG-MDSS-2022 de fecha 5 de julio de 2022, emitido por la encargada del Archivo Central de la entidad, quien señala lo siguiente: “(...) en esta unidad (...) NO cuento con los Acervos Documentarios de la GDUR de los años 2016, solo se encuentran Licencia de construcción y otros hasta el año 2010”.
Con fecha 20 de mayo de 2022 el recurrente solicitó a la entidad “(...) copia simple del oficio N° 038-2016-GDUR.MDSS del 15 de Marzo del 2016 emitido por el gerente de Desarrollo Urbano del Municipio Distrital de San Sebastián (...)” (sic).
Con fecha 15 de junio de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis1 , alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002055-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 30-2022-SG-MDSS ingresado con fecha 5 de setiembre de 2022, la entidad señaló que le remitió al administrado los actuados del expediente administrativo derivado de su requerimiento, ello mediante Carta N° 118- 2022-MDSS-SG de fecha 5 de julio de 2022, a través de la cual se adjuntó: (i) el Informe N° 25-MVP-ARCH-GDUR-MDSS-2022 de fecha 27 de mayo de 2022, emitido por la encargada del Archivo de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural que refiere que “(...) no se encontró en los archivos la copia simple del oficio (...)” requerido por el administrado; y el Informe N° 135-MFT-AC-SG-MDSS-2022 de fecha 5 de julio de 2022, emitido por la encargada del Archivo Central de la entidad, quien señala lo siguiente: “(...) en esta unidad (...) NO cuento con los Acervos Documentarios de la GDUR de los años 2016, solo se encuentran Licencia de construcción y otros hasta el año 2010”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala