Resolución N.° 002349-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
5 de setiembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02040-2022-JUS/TTAIP de fecha 11 de agosto de 2022, interpuesto por NILO QUISPE HUAMANI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA con fecha 4 de julio de 2022, registrado con Expediente N° 5833.
Con fecha 4 de julio de 2022, el recurrente solicitó ante la entidad, la siguiente información:
“1. Relación de todo el personal asignado al área de la Subgerencia de Transporte (Supervisor, inspectores, coordinadores, etc). Desde el 2017 a la fecha.
2. Contrato laboral del personal líneas arriba señalado desde el 2017 hasta la actualidad.
3. Resolución de Alcaldía de todo el personal asignado al cargo de INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE EN VEHÍCULOS MENORES DEL DISTRITO DE MARCONA (Ref: Ordenanza Municipal N° 017-2017-MDM) y/o en su defecto del personal quienes portan chaleco amarillo con la impresión que dice TRANSPORTE URBANO INSPECTOR, desde el 2017 a la fecha.
4. Copia fedateada de los recibos de pago de aquellos medios de comunicación donde se publicó la Ordenanza Municipal N° 017-2017-MDM y la Ordenanza Municipal N° 013-2017-MDM”.
Con fecha 19 de julio de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, ante la entidad , al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002191-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriéndose a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no han sido alcanzados.
Con fecha 4 de julio de 2022, el recurrente solicitó ante la entidad, la siguiente información:
“1. Relación de todo el personal asignado al área de la Subgerencia de Transporte (Supervisor, inspectores, coordinadores, etc). Desde el 2017 a la fecha.
2. Contrato laboral del personal líneas arriba señalado desde el 2017 hasta la actualidad.
3. Resolución de Alcaldía de todo el personal asignado al cargo de INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE EN VEHÍCULOS MENORES DEL DISTRITO DE MARCONA (Ref: Ordenanza Municipal N° 017-2017-MDM) y/o en su defecto del personal quienes portan chaleco amarillo con la impresión que dice TRANSPORTE URBANO INSPECTOR, desde el 2017 a la fecha.
4. Copia fedateada de los recibos de pago de aquellos medios de comunicación donde se publicó la Ordenanza Municipal N° 017-2017-MDM y la Ordenanza Municipal N° 013-2017-MDM”.
Con fecha 19 de julio de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, ante la entidad , al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002191-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriéndose a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no han sido alcanzados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala