Resolución N.° 002212-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de agosto de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01884-2022-JUS/TTAIP de fecha 26 de julio de 2022, interpuesto por JORGE LUIS ROJAS OCHOA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública reencauzada a la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ mediante el OFICIO N° 000903- 2022/IN/SG/OACGD recepcionado con fecha 28 de abril de 2022.
Mediante el OFICIO N° 000903-2022/IN/SG/OACGD recepcionado con fecha 28 de abril de 2022, la solicitud del recurrente, mediante la cual requirió “UNA (01) COPIA CERTIFICADA en formato pdf, de la Resolución Directoral que dispuso durante el año 2016, la reasignación de las DIVINCRI de la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú – DIRINCRI - PNP a la VII Región Policial Lima.” [sic], fue reencauzada a la entidad.
Mediante el OFICIO N° 000903-2022/IN/SG/OACGD recepcionado con fecha 28 de abril de 2022, la solicitud del recurrente, mediante la cual requirió “UNA (01) COPIA CERTIFICADA en formato pdf, de la Resolución Directoral que dispuso durante el año 2016, la reasignación de las DIVINCRI de la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú – DIRINCRI - PNP a la VII Región Policial Lima.” [sic], fue reencauzada a la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala